Desde el pasado 11 de julio de 2021 la forma de valorar los bienes a efectos del ITP y del ISD ha cambiado.
En ocasiones Hacienda se excede en sus atribuciones
Se han reducido los recargos por ingresos fuera de plazo sin requerimiento previo
Se han reducido los límites de los pagos en efectivo
No olvide añadir el IVA en sus propuestas de servicios a particulares
La retención del 2% para contratos temporales es mínima. En caso de prórroga, revise si debe regularizar dicho tipo.
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